Dependiendo de las características de la comunidad o del edificio en cuestión puede ser mas recomendable una tarifa u otra, los factores que influirán en ello son la potencia que se necesite y en que franja horaria se realice el mayor consumo.
Potencia a contratar:
En el caso de necesitar una potencia menor a 10 kW deberemos contratar una 2.0A, si la potencia necesaria entra entre los 10 y los 15 kW nos corresponde la 2.1A y si es superior a 15 nos veremos obligados a contratar una 3.0A que ya de por si tiene 3 periodos diferentes, con lo que aquí terminaría nuestra indecisión sobre que tarifa contratar.
Para el caso contrario, que nuestra potencia sea inferior y dado que a aumentado bastante el precio que pagamos por exceso de potencia contratada casi siempre suele ser mas rentable tener tarifas mas bajas, deberemos decidirnos sobre cual de las dos versiones de la tarifa que nos corresponde elegir, para el caso de la 2.0 tenemos la 2.0A y la 2.0DHA y para el caso de la 2.1 tenemos la 2.1A y la 2.1DHA la diferencia entre la primera y la segunda de los dos casos es que la DHA o discriminación horaria posee dos términos de energía o lo que es lo mismo dos precios que pagamos por la energía consumida en una franja horaria u otra.
Existiria una posibilidad mas por cada una de las mencionadas, es la tarifa indexada al mercado, en la cual se nos cobrara según el precio actual de mercado, la descartamos porque no podemos controlar en que momentos consumir mas o menos según veamos el precio.
Cual interesa mas para una comunidad de propietarios 2.xA o 2.xDHA
Aquí es donde entran las características de cada edificio o comunidad de propietarios, para una explicación mejor vamos a poner algunos ejemplos y que tipo de tarifa seria la mejor para dichos ejemplos:
Edificio pequeño: Si nos ponemos en el caso de un edificio de 4 o 5 plantas y dos puertas por cada planta, sin ascensor y sin garaje, la mejor tarifa para este caso sería una 2.0DHA, la razón mas importante es que el mayor consumo de energía que tendrá esta comunidad será por la noche cuando sus vecinos enciendan la luz para subir las escaleras que llevan a su piso, por eso una tarifa con discriminación horaria haría que su máximo consumo se hiciera en el periodo mas barato de la tarifa ahorrando así una buena cantidad.
Edificio Mediano: Para estos es difícil decir algo, para el caso de la potencia nos ceñiremos a lo que dice la cne «la potencia a contratar deberá ser como mínimo la nominal del motor de mayor potencia sumada a la de utilización del resto de las instalaciones receptoras del edificio«, aunque existen “trucos” que ahorrarían dinero a la comunidad, como en el caso de tener instalado un maximetro poder reducir la potencia mas de lo aconsejable teniendo seguro que nunca vamos a dejar de tener suministro, no es algo que se pueda ni se deba aconsejar, pero esta ahí.
Para el tema de la tarifa DHA o no, habría que valorar las variables mas comunes en este tipo de edificios, garaje, ascensores y alumbrado, en el caso de disponer del primer esta claro que se el uso va a ser tanto diurno como nocturno, en el caso del segundo su uso será mas en la parte diurna y el ultimo ya sabemos que será mas nocturno.
Comunidad de propietarios grande: Estos casos suelen ir a morir siempre a una tarifa 3.0 que ya posee la característica de tener varios términos de potencia y de energía diferentes, con lo que la decisión que podemos adoptar a este respecto es solo de cuanta potencia contratar.
Espero haberos arrojado un poco de luz en este aspecto de la contratación de una tarifa de luz mas optima para un edificio o comunidad de propietarios.